{"id":19,"date":"2025-02-01T15:55:37","date_gmt":"2025-02-01T15:55:37","guid":{"rendered":"https:\/\/feup.co\/?page_id=19"},"modified":"2026-03-12T22:31:20","modified_gmt":"2026-03-12T22:31:20","slug":"estatuto-general","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/feup.co\/?page_id=19","title":{"rendered":"Estatuto General"},"content":{"rendered":"<div class=\"entry\">\n\n\n<div class=\"wp-block-columns is-layout-flex wp-container-core-columns-is-layout-8f761849 wp-block-columns-is-layout-flex\">\n<div class=\"wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow\">\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ESTATUTO GENERAL FONDO DE EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA \u201cFEUP\u201d<\/strong><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n\n\n\n<div style=\"height:20px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-columns is-layout-flex wp-container-core-columns-is-layout-8f761849 wp-block-columns-is-layout-flex\">\n<div class=\"wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow\">\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/p>\n\n\n\n<details class=\"wp-block-details is-layout-flow wp-block-details-is-layout-flow\"><summary><strong><strong>DISPOSICIONES GENERALES<\/strong><\/strong><\/summary>\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 1. NATURALEZA Y DENOMINACI\u00d3N.<\/strong> La entidad es una empresa asociativa, de derecho privado sin \u00e1nimo de lucro, organizaci\u00f3n de econom\u00eda solidaria, con n\u00famero de asociados y patrimonio variable e ilimitado, cuya organizaci\u00f3n y funcionamiento se regir\u00e1 por medio del presente Estatuto, por las disposiciones legales vigentes y en especial por la legislaci\u00f3n sobre Fondos de Empleados, y se denominar\u00e1 FONDO DE EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para todos los efectos legales y estatutarios, la entidad podr\u00e1 identificarse conjunta o separadamente, con la sigla FEUP.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 2: MISI\u00d3N.<\/strong> El FEUP, tendr\u00e1 como prop\u00f3sito central promover la cultura del ahorro y cr\u00e9dito de forma oportuna y eficiente, a trav\u00e9s de diferentes estrategias, de tal manera que haya una contribuci\u00f3n al desarrollo del bienestar social integral y a la soluci\u00f3n de las situaciones econ\u00f3micas de sus asociados, de sus familias y beneficiarios.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 3: VISI\u00d3N.<\/strong> El FEUP en el a\u00f1o2033, ser\u00e1 una organizaci\u00f3n de econom\u00eda solidaria sostenible, con alto reconocimiento por su solidez y prestigio; constituy\u00e9ndose en referente regional por la promoci\u00f3n constante de sus servicios y por fortalecer con calidad el bienestar de sus asociados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 4. DOMICILIO Y AMBITO DE OPERACIONES.<\/strong> El domicilio principal del FEUP estar\u00e1 ubicado en la calle 5 n\u00famero 4-66 interior 5-25 Pasaje La Quinta, del municipio de Pamplona Departamento Norte de Santander y tendr\u00e1 como \u00e1mbito de operaciones todo el territorio de la Rep\u00fablica de Colombia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 5. DURACION.<\/strong> La duraci\u00f3n del FEUP ser\u00e1 indefinida, sin embargo, podr\u00e1 disolverse y\/o liquidarse en cualquier momento en los casos previstos por la ley y el presente Estatuto vigente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n<\/details>\n<\/div>\n<\/div>\n\n\n\n<div style=\"height:20px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-columns is-layout-flex wp-container-core-columns-is-layout-8f761849 wp-block-columns-is-layout-flex\">\n<div class=\"wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow\">\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><\/p>\n\n\n\n<details class=\"wp-block-details is-layout-flow wp-block-details-is-layout-flow\"><summary><strong>PRINCIPIOS, FINES Y OBJETO SOCIAL<\/strong><\/summary>\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 6. PRINCIPIOS RECTORES.<\/strong> Son principios Rectores del FEUP, los siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">a) Solidaridad: Relaciones reciprocas que faciliten la corresponsabilidad desde los valores y la pr\u00e1ctica del apoyo mutuo, y del esp\u00edritu de cooperaci\u00f3n y participaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">b) Autonom\u00eda: Capacidad del FEUP para el autocontrol y la autodeterminaci\u00f3n como organizaci\u00f3n solidaria y emprendedora; en funci\u00f3n de sus actividades administrativas, de promoci\u00f3n y gesti\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">c) Coherencia: Correspondencia y correlaci\u00f3n entre el FEUP y la efectividad de todas las actividades que realiza.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">d) Pertinencia: Compromiso activo del FEUP para responder con alternativas de soluci\u00f3n frente a las situaciones de sus asociados, de manera q se propicie su bienestar, as\u00ed como del entorno.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">e) Equidad: Garant\u00eda de la distribuci\u00f3n equitativa de todos los beneficios y servicios, sin discriminaci\u00f3n alguna. Valorando de manera \u00e9tica y justa los bienes y servicios, facilitando su disponibilidad y acceso para todos los asociados. Es la disposici\u00f3n de \u00e1nimo que moviliza al FEUP para dar a cada quien lo que merece.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">f) Eficacia: Correspondencia entre los prop\u00f3sitos formulados por el FEUP, relacionados con la participaci\u00f3n, autogesti\u00f3n y emprendimiento como garant\u00eda con la sociedad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">g) Igualdad: Participaci\u00f3n econ\u00f3mica de los asociados, en igualdad de condiciones con justicia y ecuanimidad, promoviendo la resoluci\u00f3n de manera imparcial, las solicitudes de todos los asociados interesados en acceder a sus servicios.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">h) Responsabilidad: Afrontamiento de las consecuencias derivadas de sus acciones. Tal capacidad se desprende de la conciencia previa de los efectos posibles de las acciones que emprender.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">i) Transparencia: Capacidad del FEUP para explicitar, sin evasivas, las condiciones internas de funcionamiento, operaci\u00f3n y los resultados de su gesti\u00f3n. Se debe socializar a sus asociados los diferentes estados a trav\u00e9s de los diversos canales de comunicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 7 PRINCIPIOS \u00c9TICOS Los principios \u00e9ticos del FEUP son:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">a) El inter\u00e9s general prevalece sobre el inter\u00e9s particular.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">b) El cuidado de la vida, en todas sus formas, es un imperativo del FEUP.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">c) Los bienes del FEUP son sagrados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">d) La principal finalidad del FEUP es contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida de sus asociados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">e) La funci\u00f3n primordial del FEUP es servir a sus asociados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">f) La administraci\u00f3n de los recursos del FEUP implica rendir cuentas a los asociados sobre su utilizaci\u00f3n y sobre los resultados de la gesti\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">g) Los asociados tienen derecho a participar en las decisiones p\u00fablicas que los afecten.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">h) La gesti\u00f3n del FEUP es transparente, imparcial e independiente<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 8: FINES:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">a) Garantizar el derecho a la participaci\u00f3n libre y equitativa de los asociados en todos los \u00e1mbitos organizativos y asegurarles informaciones accesibles, claras y permanentes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">b) Establecer posibilidades reales para el logro paulatino de la transformaci\u00f3n social a trav\u00e9s de la promoci\u00f3n del ahorro.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">c) Crear condiciones \u00f3ptimas para el desarrollo de los asociados a trav\u00e9s de acciones que impulsen la Econom\u00eda Solidaria y su acceso a ella.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">d) Generar oportunidades y espacios para el fortalecimiento y dinamizaci\u00f3n de los procesos de producci\u00f3n, distribuci\u00f3n, circulaci\u00f3n, financiamiento, comercializaci\u00f3n y consumo de bienes y servicios de los socios tomando como eje central la econom\u00eda solidaria.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">e) Destinar los excedentes financieros a la prestaci\u00f3n de servicios de car\u00e1cter social, educativo y solidario, al crecimiento de las reservas y la revalorizaci\u00f3n de los aportes de los asociados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">f) Prestar a la comunidad un servicio con calidad, el cual hace referencia a la construcci\u00f3n de la recreaci\u00f3n y el bienestar social a trav\u00e9s del ahorro de los afiliados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">g) Promover el desarrollo sostenible a nivel local y regional, a trav\u00e9s de la econom\u00eda solidaria.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">h) Actuar arm\u00f3nicamente entre s\u00ed y con los contextos socio-econ\u00f3micos de su zona de influencia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">i) Salvaguardar el patrimonio de los asociados<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 9. OBJETO SOCIAL.<\/strong> El FEUP tendr\u00e1 como objeto social contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de sus asociados, a trav\u00e9s del fomento de la cultura del ahorro con miras a generar condiciones econ\u00f3micas que coadyuven a alcanzar indicadores de bienestar integral.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 10. ACTIVIDADES Y SERVICIOS.<\/strong> Para cumplir su objeto social, el FEUP podr\u00e1 prestar los siguientes servicios y actividades:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">a. Recibir de sus asociados la cuota peri\u00f3dica establecida en el presente Estatuto y los dep\u00f3sitos de ahorro en diferentes modalidades, de acuerdo con las reglamentaciones que para el efecto expida la Junta Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">b. Prestar los servicios de ahorro y cr\u00e9dito en forma directa y \u00fanicamente a sus asociados, en las modalidades que establezcan el comit\u00e9 de cr\u00e9dito y la junta directiva, de conformidad con las normas que regulen los procedimientos para tales fines.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">c. Promover, coordinar, organizar, contratar, ejecutar o facilitar programas para satisfacer las necesidades de vivienda de sus asociados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">d. Prestar servicios de previsi\u00f3n, asistencia, bienestar integral, emprendimiento y dem\u00e1s servicios conexos o complementarios que se relacionen con el cumplimiento del objeto social en forma directa o a trav\u00e9s de convenios para sus asociados y por extensi\u00f3n a su n\u00facleo familiar, hasta primero y segundo grado de consanguinidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">e. Contratar servicios constitutivos de la seguridad social en las \u00e1reas de salud, asistencia social y los que sean para beneficio de sus asociados y familiares.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">f. Las dem\u00e1s actividades econom\u00eda solidaria, de bienestar integral, conexo o complementario de las anteriores, destinadas a satisfacer las necesidades de sus asociados, de acuerdo con la normativa interna del FEUP y con la ley.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 11. ORGANIZACI\u00d3N Y REGLAMENTACI\u00d3N DE LOS SERVICIOS.<\/strong> Para la prestaci\u00f3n de los diferentes servicios, la Junta Directiva y los comit\u00e9s especificar\u00e1n reglamentaciones particulares donde se consagrar\u00e1n los procedimientos espec\u00edficos de los mismos, sus recursos econ\u00f3micos de operaci\u00f3n, as\u00ed como todas las disposiciones que sean necesarias para garantizar la calidad en su desarrollo y funcionamiento.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 12. EXTENSI\u00d3N DE SERVICIOS.<\/strong> Los servicios de bienestar integral social, solo podr\u00e1n extenderse a los familiares en primero y segundo grado de consanguinidad, de acuerdo con las reglamentaciones que para el efecto expida la Junta Directiva y el Comit\u00e9 de Bienestar Social Integral.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 13. CONVENIO PARA PRESTACI\u00d3N DE SERVICIOS.<\/strong> Cuando no sea posible o conveniente prestar directamente otra clase deservicios se\u00f1alados en el presente Estatuto, excepto los de ahorro y cr\u00e9dito, el FEUP podr\u00e1 prestarlos por intermedio de otras entidades y organizaciones comerciales especializadas, preferencialmente de igual naturaleza o del sector de la econom\u00eda solidaria.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 14. CONVENIOS CON LA ENTIDAD QUE GENERA EL V\u00cdNCULO DE ASOCIACI\u00d3N.<\/strong> El FEUP conservando su autonom\u00eda y el mutuo respeto interinstitucional y, por decisi\u00f3n de la Junta Directiva, podr\u00e1 celebrar convenios con la Unipamplona para pr\u00e1cticas profesionales y\/o empresariales.<\/p>\n<\/details>\n<\/div>\n<\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-columns is-layout-flex wp-container-core-columns-is-layout-8f761849 wp-block-columns-is-layout-flex\">\n<div class=\"wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow\">\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>CAP\u00cdTULO III<\/strong><\/p>\n\n\n\n<details class=\"wp-block-details is-layout-flow wp-block-details-is-layout-flow\"><summary><strong>DE LOS ASOCIADOS<\/strong><\/summary>\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 15. VARIABILIDAD Y CAR\u00c1CTER DE ASOCIADOS.<\/strong> El n\u00famero de asociados del FEUP ser\u00e1 variable e ilimitado. Tendr\u00e1n el car\u00e1cter de tales, las personas que cumplan con los requisitos de admisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Par\u00e1grafo. Se entender\u00e1 adquirido el car\u00e1cter de asociado, para quienes ingresen, a partir del momento en el cual su solicitud de asociaci\u00f3n sea aceptada por la junta directiva, esta deber\u00e1 informar a trav\u00e9s de la gerencia al nuevo asociado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 16. DETERMINACI\u00d3N DEL VINCULO DE ASOCIACI\u00d3N Y REQUISITOS DE INGRESO<\/strong>. Podr\u00e1n ser asociados del FEUP: Los Docentes de tiempo completo o medio tiempo, los Empleados nombrados en Carrera administrativa y los jubilados o pensionados de la Universidad de Pamplona. Para asociarse al FEUP se requiere:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">a) Estar vinculado como Docente de tiempo completo o medio tiempo, Empleados nombrados en Carrera administrativa, jubilados o pensionados de la Universidad de Pamplona.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">b) Para profesionales en Carrera administrativa, haber aprobado y superado el per\u00edodo de prueba laboral con la Universidad de Pamplona.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">c) Tener la capacidad legal y financiera para contraer obligaciones por s\u00ed mismo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">d) Presentar solicitud de admisi\u00f3n escrita a la gerencia y contar con la aprobaci\u00f3n de la junta directiva.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">e) Cancelar una cuota por concepto de afiliaci\u00f3n de un (1) salario m\u00ednimo legal mensual vigente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">f) Autorizar al pagador de la Universidad de Pamplona para que descuente de su ingreso mensual con destino al FEUP la suma correspondiente para cubrir el valor de la cuota por concepto de aportes y ahorros que el asociado disponga en un rango entre el 3,5%y hasta tope m\u00e1ximo10%.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">g) Suscribir Acta de compromiso para garantizar el pago de aportes, ahorros y dem\u00e1s obligaciones en los diez (10) primeros d\u00edas de cada mes, trat\u00e1ndose de personas pensionadas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">h) Autorizar su consulta y reporte en las centrales de riesgo, as\u00ed como la autorizaci\u00f3n de administraci\u00f3n, manejo, transferencia de la informaci\u00f3n que suministre y se encuentre sujeta a habeas data.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">i) No estar reportado en listas vinculantes para Colombia en materia de SARLAFT.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">j) No estar incurso en un proceso de insolvencia de persona natural no comerciante.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">k) Se requiere solicitud de admisi\u00f3n escrita en el formato dispuesto para tal prop\u00f3sito.&nbsp; La Junta Directiva, la estudiar\u00e1 y si es procedente conceder\u00e1 la calidad de asociado mediante Acuerdo que ser\u00e1 entregado al interesado a trav\u00e9s de la gerencia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Par\u00e1grafo 1. Producida la aceptaci\u00f3n por el procedimiento establecido, el solicitante contribuir\u00e1 con el Fondo de Bienestar Social Integral y solo transcurridos treinta (30) d\u00edas a partir de la fecha de la contribuci\u00f3n total, entrar\u00e1 a gozar a plenitud de los derechos consagrados en el presente Estatuto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 17. DERECHOS DE LOS ASOCIADOS.<\/strong> Todos los asociados tendr\u00e1n los siguientes derechos:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">a) Utilizar o recibir los servicios que preste el FEUP.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">b) Participar en las actividades del FEUP y su administraci\u00f3n mediante el desempe\u00f1o de los diferentes cargos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">c) Ser informados de la gesti\u00f3n administrativa del FEUP de sus aspectos econ\u00f3micos y financieros y de lo relativo a sus servicios, por medio de comunicaciones peri\u00f3dicas oportunas y en las reuniones de asociados o Asambleas Generales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">d) Ejercer actos de decisi\u00f3n y de elecci\u00f3n en las Asambleas Generales, en condiciones que les garanticen igualdad de derechos, sin consideraci\u00f3n de sus aportes, en la forma y oportunidad previstas en el presente Estatuto y en los reglamentos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">e) Disfrutar de los beneficios econ\u00f3micos, sociales y de bienestar que los organismos y los reglamentos determinen.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">f) Fiscalizar la gesti\u00f3n econ\u00f3mica, financiera y social de la Instituci\u00f3n, pudiendo examinar balances, libros, inventarios y documentos que pertenecen al FEUP.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">g) Exigir el cumplimiento de las disposiciones que emanen del Estatuto, de los Reglamentos, de los directivos y de los administradores.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">h) Presentar al Revisor Fiscal, al Comit\u00e9 de Control Social, al Gerente, o a la Junta Directiva y las inquietudes y quejas fundamentadas en el Estatuto y en los Reglamentos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">i) Retirarse voluntariamente del FEUP una vez se formalice el paz y salvo financiero.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">j) Interponer recursos de reposici\u00f3n y apelaci\u00f3n, ante las instancias competentes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">k) Elegir y ser elegido para ocupar los cargos administrativos o representar el FEUP, teniendo en cuenta el conocimiento, la integridad \u00e9tica, la destreza y los requisitos legales y estatutarios para acceder a ellos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">l) Presentar proyectos, recomendaciones y dem\u00e1s iniciativas que tengan por objeto el mejoramiento del FEUP.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">m) Ser tratado con respeto, equidad e igualdad<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">n) Los dem\u00e1s derechos que resulten del Estatuto y los reglamentos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Par\u00e1grafo. El ejercicio de los derechos de los asociados estar\u00e1 condicionado al cumplimiento de los deberes y obligaciones, siempre y cuando no se encuentren suspendidos conforme al r\u00e9gimen disciplinario.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 18. DEBERES DE LOS ASOCIADOS.<\/strong> Todos los asociados tendr\u00e1n los siguientes deberes:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">a) Comportarse con esp\u00edritu solidario frente al FEUP, a sus asociados y a la comunidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">b) Participar con sentido de pertinencia de los \u00f3rganos de direcci\u00f3n y comit\u00e9s del FEUP<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">c) Adquirir conocimientos sobre la misi\u00f3n, la visi\u00f3n, los fines, principios, objetivos, caracter\u00edsticas, leyes y normas que rigen el funcionamiento del FEUP como Instituci\u00f3n de Econom\u00eda solidaria.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">d) Atender y exigir el cumplimiento de las disposiciones que emanen del Estatuto, de los reglamentos, de los directivos y administradores.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">e) Contribuir de modo efectivo al progreso del FEUP.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">f) Cumplir oportunamente con las obligaciones de car\u00e1cter econ\u00f3mico y las dem\u00e1s inherentes a su calidad de asociado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">g) Certificar un curso B\u00e1sico de Cooperativismo o certificar sea trav\u00e9s de los cursos que ofrece el FEUP<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">h) Abstenerse de efectuar actos que afecten la estabilidad econ\u00f3mica y el prestigio social del FEUP.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">i) Presentar sugerencias para mejorar la organizaci\u00f3n y otros aspectos del FEUP.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">j) Elegir para cuerpos directivos a quienes considere m\u00e1s responsables e id\u00f3neos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">k) Ejercer la cr\u00edtica en forma responsable, constructiva, seria y respetuosa cuando a ella hubiere lugar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">l) Aplicar la raz\u00f3n y el sentido com\u00fan en los reclamos que se formulen a los empleados y funcionarios del FEUP.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">m) Propender por una cultura apropiada que conlleve a conservar, mejorar y disfrutar el medio ambiente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">n) Desempe\u00f1ar con diligencia y eficacia los cargos y comisiones que le hayan sido encomendados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">o) Actualizar de manera peri\u00f3dica los datos personales y dem\u00e1s informaci\u00f3n que le sea solicitado por el FEUP o informar cualquier cambio que se genere sobre los mismos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">p) Mostrar comportamiento y convivencia social acordes con los procesos misionales del FEUP<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">q) Los dem\u00e1s que le fijen la ley y el presente Estatuto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Par\u00e1grafo. Los deberes y obligaciones previstos en el presente Estatuto y los reglamentos se establecen con criterio de igualdad, salvo las contribuciones econ\u00f3micas que podr\u00e1n graduarse teniendo en cuenta los niveles de ingreso salarial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 19. P\u00c9RDIDA DEL CAR\u00c1CTER DE ASOCIADO.<\/strong> El car\u00e1cter de asociado de FEUP se perder\u00e1 por cualquiera de las siguientes causas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">a) Por renuncia voluntaria.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">b) Por desvinculaci\u00f3n de la empresa que determina el v\u00ednculo de asociaci\u00f3n, o por p\u00e9rdida de las condiciones para ser asociado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">c) Por exclusi\u00f3n debidamente adoptada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">d) Por falta disciplinaria catalogada como grav\u00edsima fallada a trav\u00e9s de acto administrativo<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">e) Por muerte.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Par\u00e1grafo 1. El asociado pensionado de La Universidad de Pamplona, que por edad de jubilaci\u00f3n pierde su condici\u00f3n de trabajador y dese\u00e9 continuar afiliado al FEUP, deber\u00e1n presentar solicitud escrita ante la Junta Directiva del Fondo, en donde se exprese de forma taxativa el compromiso a cumplir las normas legales, estatutarias, reglamentarias y especialmente establecidas en el presente estatuto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Par\u00e1grafo 2: Si el asociado pensionado presenta mora en el pago de aportes y ahorros mayor a 60 d\u00edas se le iniciar\u00e1 un proceso conciliatorio de compromiso de pago y si la mora es mayor a 90 d\u00edas se le iniciar\u00e1 el proceso de cobro coactivo y la gerencia iniciar\u00e1 el proceso de retiro.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">par\u00e1grafo 3: CONTINUIDAD COMO ASOCIADOSAL PENSIONARSE. Los asociados actuales que se pensionen podr\u00e1n continuar siendo asociados del FEUP, si:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">a) Asociados sin cr\u00e9ditos. Los asociados actuales que se pensionen, que no tengan cr\u00e9ditos vigentes o los cancelen con las prestaciones sociales, autom\u00e1ticamente, continuar\u00e1n siendo asociados, si cumplen con los requisitos establecidos en el presente estatuto y en el reglamento de cr\u00e9dito.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">b) Asociados con cr\u00e9ditos con garant\u00eda real. Los asociados actuales que se pensionen y tengan pr\u00e9stamos vigentes con garant\u00eda real podr\u00e1n continuar como asociados, cancelando peri\u00f3dicamente la cuota del cr\u00e9dito como lo ven\u00edan haciendo, si cumplen con los requisitos establecidos en los estatutos y en el reglamento de cr\u00e9dito.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">c) Asociados con cr\u00e9ditos sin garant\u00eda real. -Los asociados que, a partir de la vigencia del presente reglamento, entren a gozar de la jubilaci\u00f3n y deseen continuar como asociados con cr\u00e9ditos vigentes sin garant\u00eda real, deber\u00e1n presentar, carta de compromiso de los codeudores actuales, para continuar avalando los prestamos vigentes o cambiar las garant\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">d) Condiciones de garant\u00edas personales. Solo se aceptar\u00e1n las garant\u00edas personales de los cr\u00e9ditos vigentes de los asociados que deseen continuar vinculados al FEUP al pensionarse, si adem\u00e1s de cumplir el art\u00edculo anterior, los codeudores tienen contrato a t\u00e9rmino indefinido vigente con las empresas que generan el v\u00ednculo de asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">e) cr\u00e9ditos con garant\u00eda personal que no cumplen los requisitos. -Si un asociado pensionado quiere continuar como asociado pero sus pr\u00e9stamos vigentes no cumplen con las condiciones de garant\u00edas deber\u00e1n cambiarlas por garant\u00edas reales o personales que cumplan esos requisitos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">f) Cr\u00e9ditos vigente con cambio de garant\u00edas. -Los cr\u00e9ditos vigentes de asociados pensionados que desean continuar como asociados, pero requieran cambio de garant\u00edas ser\u00e1n novados al tiempo que le falta para cancelarlo, debiendo ser aprobado el cambio por la Junta Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 20. RENUNCIA VOLUNTARIA.<\/strong> La renuncia voluntaria deber\u00e1 presentarse por escrito ante la administraci\u00f3n de FEUP quien le dar\u00e1 el tr\u00e1mite de formalizaci\u00f3n correspondiente. Se entender\u00e1 que la fecha de retiro ser\u00e1 la misma de la fecha de radicaci\u00f3n de la comunicaci\u00f3n o la que \u00e9sta indique.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 21.<\/strong> El asociado que se haya retirado voluntariamente podr\u00e1 hacer reingreso, previo el cumplimiento de los siguientes requisitos:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">a) Aceptaci\u00f3n de la solicitud de reingreso por la Junta Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">b) Pagar la contribuci\u00f3n solidaria establecida por la Junta Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">c) El asociado que se retire voluntariamente del FEUP, tiene derecho reingresar por una sola vez al FEUP, con los mismos requisitos de un asociado nuevo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La fecha de aceptaci\u00f3n de la solicitud de reingreso determina la nueva fecha de vinculaci\u00f3n del asociado, no siendo retroactivo tal car\u00e1cter para todos los efectos legales y estatutarios.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Par\u00e1grafo. Los socios de reingreso deber\u00e1n mantener la seriedad de la vinculaci\u00f3n de los asociados para con el FEUP, la estabilidad del patrimonio social y el adecuado cumplimiento del objeto social de la entidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 22. DESVINCULACI\u00d3N DE LA ENTIDAD EMPLEADORA O P\u00c9RDIDA DE LAS CONDICIONES PARA SER ASOCIADO.<\/strong> La desvinculaci\u00f3n de la empresa que determina el v\u00ednculo a la asociaci\u00f3n implica la p\u00e9rdida del car\u00e1cter de asociado, excepto cuando este quiera conservar su calidad de socio, no obstante, a la desvinculaci\u00f3n por hechos que generan el derecho a pensi\u00f3n. Para tal efecto el interesado deber\u00e1 manifestar por escrito a la Junta Directiva su intenci\u00f3n o deseo de continuar siendo asociado, dentro del mes siguiente a la ocurrencia de la excepci\u00f3n. La Junta estudiar\u00e1 la solicitud y dar\u00e1 oportuna respuesta de aceptaci\u00f3n o negaci\u00f3n al interesado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De igual forma se perder\u00e1 la calidad de asociado cuando este no pueda por s\u00ed mismo contraer obligaciones y ejercer derechos en forma directa al FEUP o por la inclusi\u00f3n en las listas vinculantes para Colombia, en materia de Sistema de Administraci\u00f3n del Riesgo de Lavado de Activos y Financiaci\u00f3n al Terrorismo \u201cSARLAFT\u201d o por estar incurso en un proceso de insolvencia de persona natural no comerciante.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 23. PROCEDIMIENTO PARA EL RETIRO POR P\u00c9RDIDA DE CALIDADES O CONDI-CIONES PARA SER ASOCIADO.<\/strong> La terminaci\u00f3n del v\u00ednculo de asociaci\u00f3n, y de la condici\u00f3n de asociado por las causales previstas en el presente Estatuto, se producir\u00e1 mediante resoluci\u00f3n motivada, la cual se notificar\u00e1 personalmente al asociado, salvo que se desconozca su paradero, se realizar\u00e1 la notificaci\u00f3n por estrado, y enviando por correo certificado a la \u00faltima direcci\u00f3n que tenga registrada en el FEUP.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El asociado afectado con la medida podr\u00e1 presentar \u00fanicamente recurso de reposici\u00f3n ante la Junta Directiva en los tres (3) d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la promulgaci\u00f3n del acto administrativo, demostrando que no se dan los hechos invocados en la causal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 24. REINGRESO POSTERIOR AL RETIRO POR PERD\u00cdDA DE LAS CALIDADES O CONDICIONES PARA SER ASOCIADO.<\/strong> El asociado que hubiere dejado de pertenecer al FEUP por la p\u00e9rdida de esta calidad o por las condiciones para ser asociado, podr\u00e1 solicitar nuevamente su ingreso al FEUP en cualquier momento, siempre y cuando acredite la desaparici\u00f3n de las causas que originaron su retiro y cumpla con los requisitos exigidos a los nuevos asociados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 25. EXCLUSI\u00d3N.<\/strong> Los asociados del FEUP perder\u00e1n el car\u00e1cter de tales, cuando se determine su exclusi\u00f3n por las causales previstas y agotando el procedimiento se\u00f1alado en el presente Estatuto, a trav\u00e9s de resoluci\u00f3n motivada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PAR\u00c1GRAFO. En el supuesto de estar incurso en una causal de exclusi\u00f3n, sin perjuicio del retiro voluntario, se adelantar\u00e1 el procedimiento previsto en el presente Estatuto para tal fin y dado el caso se podr\u00e1 sancionar al asociado con posterioridad al retiro voluntario.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 26. MUERTE DEL ASOCIADO.<\/strong> En caso de muerte se entender\u00e1 perdida la calidad de asociado, a partir de la fecha de la ocurrencia del deceso o de la sentencia judicial de declaraci\u00f3n por muerte presunta sin perjuicio que se deba presentar el registro civil de defunci\u00f3n o la sentencia correspondiente, evento en el cual se subrogar\u00e1n los derechos y obligaciones del asociado a sus herederos de conformidad con las normas sobre sucesiones del C\u00f3digo Civil. La Junta Directiva del FEUP formalizar\u00e1 la desvinculaci\u00f3n en la reuni\u00f3n siguiente a la fecha en que se tenga conocimiento del hecho.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ART\u00cdCULO 27. EFECTOS DE LA P\u00c9RDIDA DE LA CALIDAD DEL ASOCIADO.<\/strong> A la desvinculaci\u00f3n del asociado, por cualquier causa, se le retirar\u00e1 del registro social, se dar\u00e1 por terminado el plazo de las obligaciones pactadas a favor de FEUP, se efectuar\u00e1n los cruces y compensaciones necesarias y se entregar\u00e1 el saldo de las sumas que resulten a su favor por aportes sociales individuales, ahorros y dem\u00e1s derechos econ\u00f3micos que posea. De ser necesario, podr\u00e1 exigir judicial o extrajudicialmente el pago total de las obligaciones que se registren o estipular de com\u00fan acuerdo con el asociado desvinculado un plazo para el pago total del saldo de la obligaci\u00f3n.<\/p>\n<\/details>\n<\/div>\n<\/div>\n\n\n\n<div style=\"height:20px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-columns is-layout-flex wp-container-core-columns-is-layout-8f761849 wp-block-columns-is-layout-flex\">\n<div class=\"wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow\">\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>CAP\u00cdTULO IV<\/strong><\/p>\n\n\n\n<details class=\"wp-block-details is-layout-flow wp-block-details-is-layout-flow\"><summary><strong>ORGANIZACI\u00d3N INTERNA, \u00d3RGANOS DE ADMINISTRACI\u00d3N, CONTROL Y VIGILANCIA, EDUCACI\u00d3N Y RECREACI\u00d3N<\/strong><\/summary>\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 29: La administraci\u00f3n, control, vigilancia, educaci\u00f3n y recreaci\u00f3n del FEUP estar\u00e1 a cargo de la Asamblea General, la Junta Directiva, el Gerente, los organismos de vigilancia y control y los Comit\u00e9s.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 30: ASAMBLEA GENERAL: Es el \u00f3rgano m\u00e1ximo de administraci\u00f3n del FEUP. Sus decisiones son obligatorias para todos los asociados siempre que se hayan adoptado de conformidad con las normas legales vigentes, estatutarias y reglamentarias. La conforman la reuni\u00f3n debidamente convocada de los asociados h\u00e1biles y los delegados autorizados directamente por aquellos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PAR\u00c1GRAFO: Son asociados h\u00e1biles para efectos del presente art\u00edculo; los inscritos en el libro Registro Social, que a la fecha de la convocatoria no tengan suspendidos sus derechos y adem\u00e1s se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con el FEUP.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 31: CLASES DE ASAMBLEAS. Las reuniones de las Asamblea General ser\u00e1n Ordinarias y Extraordinarias. La ordinaria se reunir\u00e1 una vez al a\u00f1o, dentro de los tres (3) primeros meses del a\u00f1o calendario, para conocer, examinar, aprobar o improbar los informes sobre la administraci\u00f3n del a\u00f1o anterior, considerar los balances y estados financieros, elegir cuerpos directivos y de control cuando haya lugar y trazar pol\u00edticas generales de acci\u00f3n. Las extraordinarias podr\u00e1n reunirse en cualquier \u00e9poca del a\u00f1o para tratar asuntos de urgencia o imprevistos que no permitan esperar a ser considerados en la Asamblea General Ordinaria y no podr\u00e1n tratar asuntos diferentes a aquellos para los cuales fueron convocadas y los que se deriven estrictamente de estos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 32: Cuando el FEUP, por fuerza mayor no realice la Asamblea General Ordinaria dentro del plazo previsto en el art\u00edculo anterior, la Junta Directiva convocar\u00e1 para una nueva fecha cumpliendo el tr\u00e1mite legal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 33: La Asamblea General Extraordinaria, s\u00f3lo podr\u00e1 tomar decisiones sobre los asuntos se\u00f1alados en la respectiva convocatoria y los que se deriven estrictamente de esta.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 34: CONVOCATORIA Y ASAMBLEA. Las convocatorias de Asamblea General se har\u00e1n con una anticipaci\u00f3n no menor de quince (15) d\u00edas h\u00e1biles, indicando lugar, fecha, hora y el Orden del D\u00eda de la misma. La Asamblea General Ordinaria ser\u00e1 convocada por la Junta Directiva por medio de comunicaci\u00f3n escrita, carteleras, pancartas y\/o radiodifusi\u00f3n. Las Asambleas Generales Extraordinarias ser\u00e1n convocadas por la Junta Directiva por decisi\u00f3n propia o por petici\u00f3n del Revisor Fiscal o del quince por ciento (15%), m\u00ednimo, de los asociados h\u00e1biles, previa justificaci\u00f3n del motivo de la citaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 35: El Comit\u00e9 de Control Social o el Revisor Fiscal verificar\u00e1n la lista de asociados h\u00e1biles e inh\u00e1biles. La relaci\u00f3n de estos \u00faltimos ser\u00e1 publicada, para conocimiento de los afectados, en las carteleras del FEUP, con quince (15) d\u00edas h\u00e1biles de anticipaci\u00f3n a la realizaci\u00f3n de la Asamblea para posibles reclamos y aclaraciones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 36: La asistencia de la mitad m\u00e1s uno de los asociados h\u00e1biles constituir\u00e1 qu\u00f3rum. Transcurrida una hora la Asamblea General podr\u00e1 deliberar y adoptar decisiones v\u00e1lidas, con un n\u00famero de asociados no inferior al diez por ciento (10%) del total de los asociados h\u00e1biles, ni del cincuenta por ciento (50%) del n\u00famero requerido para constituir un Fondo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PAR\u00c1GRAFO: En el caso que no haya qu\u00f3rum para realizar la Asamblea, esta ser\u00e1 citada para los quince (15) d\u00edas h\u00e1biles siguientes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 37: Las decisiones de la Asamblea General se adoptar\u00e1n por el voto favorable de la mitad m\u00e1s uno de los asociados presentes y autorizados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PAR\u00c1GRAFO: Para la reforma del Estatuto, aumento de cuotas ordinarias y cuotas extraordinarias, asociaci\u00f3n, fusi\u00f3n, incorporaci\u00f3n, transformaci\u00f3n y liquidaci\u00f3n deber\u00e1n ser tomadas por la Asamblea General mediante el voto favorable de por lo menos el 70% de los asociados presentes y autorizados por un asociado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 38: Los asociados h\u00e1biles que no puedan concurrir a las Asambleas Generales, podr\u00e1n autorizar a otro asociado h\u00e1bil para que act\u00fae en su nombre y representaci\u00f3n por medio de comunicaci\u00f3n escrita dirigida al representante legal en la que conste el nombre, la identificaci\u00f3n y la firma del representado. Cada asociado podr\u00e1 llevar la representaci\u00f3n m\u00e1ximo de un poderdante.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PAR\u00c1GRAFO 1: El asociado que no asista sin causa justa comprobable antes de iniciar la Asamblea, contribuir\u00e1 con un salario m\u00ednimo diario legal vigente, que pagar\u00e1 en los dos siguientes meses, contribuci\u00f3n que ir\u00e1 al Fondo de Solidaridad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PAR\u00c1GRAFO 2: Los miembros de la Junta Directiva, del Comit\u00e9 de Control Social y el representante legal no podr\u00e1n recibir u otorgar poderes para representar o ser representados en las Asambleas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 39: FUNCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL. La asamblea tendr\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Discutir, modificar y aprobar el orden del d\u00eda que le presente la Junta Directiva.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Modificar y aprobar el Reglamento de la Asamblea y nombrar al presidente y Secretaria(o) de la misma.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Analizar, aprobar o no los informes de los \u00f3rganos de administraci\u00f3n, vigilancia, control y de los dem\u00e1s comit\u00e9s.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Considerar y aprobar o no los estados financieros del ejercicio.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Distribuir los excedentes y fijar el monto de los aportes y de los ahorros obligatorios con sujeci\u00f3n a las normas vigentes y al Estatuto y establecer aportes extraordinarios si es el caso.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Elegir y declarar electos a los miembros de la Junta Directiva, al Revisor Fiscal y su suplente y los miembros de los Comit\u00e9s: Control Social, de Desarrollo Social Empresarial, Cartera y Liquidez.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Fijar los honorarios del revisor fiscal.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Reformar el Estatuto.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Decidir la fusi\u00f3n, incorporaci\u00f3n, transformaci\u00f3n y\/o liquidaci\u00f3n del FEUP.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Atender las quejas que se presentan contra los miembros de la Junta Directiva, el Revisor Fiscal, y los Comit\u00e9s, valorarlas de acuerdo a las normas vigentes del FEUP y aplicar los correctivos necesarios.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Las dem\u00e1s que le se\u00f1alen las disposiciones legales y el Estatuto.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 40: JUNTA DIRECTIVA. Es el \u00f3rgano de direcci\u00f3n y decisi\u00f3n administrativa, sujeta a la Asamblea General y ejecutora de sus mandatos. Estar\u00e1 integrada por cinco (5) miembros principales con sus respectivos suplentes personales, elegidos para un periodo de dos (2) a\u00f1os y pudiendo ser removidos libremente por la Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PAR\u00c1GRAFO: La Junta Directiva en su totalidad podr\u00e1 ser reelegida para un per\u00edodo consecutivo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 41: Para ser miembro de la Junta Directiva y del Comit\u00e9 de Control Social se requiere:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>No tener impedimentos legales.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Tener m\u00e1s de dos (2) a\u00f1os como asociado del FEUP.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Tener el curso b\u00e1sico de Cooperativismo.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 42: Para la elecci\u00f3n de los miembros de la Junta Directiva, se establece el sistema de planchas y se aplicar\u00e1 el cociente electoral a fin de dar representaci\u00f3n a las minor\u00edas. La elecci\u00f3n de los diferentes Comit\u00e9s, el Revisor Fiscal y sus suplentes se har\u00e1 por simple mayor\u00eda de votos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 43: FUNCIONES: Son funciones de la Junta Directiva:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Expedir su propio Reglamento y los dem\u00e1s que sean necesarios y convenientes.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Nombrar de su seno al Presidente, Vicepresidente y Secretario(a) de la Junta, adem\u00e1s nombrar al Gerente, al(a) Secretario-Tesorero(a), al(a) Contador(a) y dem\u00e1s empleados del FEUP.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Nombrar los miembros que conformaran los Comit\u00e9s: Cr\u00e9dito, Educaci\u00f3n Solidaria, Recreaci\u00f3n.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Colaborar con la elaboraci\u00f3n del presupuesto y aprobarlo para el ejercicio siguiente.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Fijar las asignaciones mensuales de los empleados del FEUP.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Reglamentar los Fondos, reservas sociales y especiales.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Autorizar en cada caso al gerente para realizar operaciones cuya cuant\u00eda exceda los diez (10) salarios m\u00ednimos mensuales legales vigentes.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">La Junta Directiva podr\u00e1 autorizar gastos hasta por cien (100) salarios m\u00ednimos mensuales legales vigentes; en caso que supere esta cifra necesita autorizaci\u00f3n previa de la Asamblea General.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Fijar la cuant\u00eda de las fianzas que deben presentar el Gerente y el Secretario Tesorero y dem\u00e1s empleados que a su juicio deban garantizar su manejo.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Examinar y aprobar en primera instancia, las cuentas, el balance y el proyecto de aplicaci\u00f3n de excedentes que debe presentar el representante legal, acompa\u00f1ado de un informe explicativo para consideraci\u00f3n, aprobaci\u00f3n o improbaci\u00f3n de la Asamblea General.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Examinar y aprobar el plan de contabilidad elaborado por el(a) Revisor(a) Fiscal y el(a) Contador(a), el cual debe ce\u00f1irse a las normas contables de la Superintendencia de Econom\u00eda Solidaria.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Decidir sobre el ingreso, retiro, suspensi\u00f3n o exclusi\u00f3n de los asociados y devoluci\u00f3n de los aportes, ahorros y dem\u00e1s beneficios econ\u00f3micos.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Autorizar la adquisici\u00f3n de bienes, muebles o inmuebles, su enajenaci\u00f3n o gravamen y la constituci\u00f3n de garant\u00edas reales sobre ellos, hasta por cien salarios m\u00ednimos mensuales legales vigentes.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Decidir sobre el ejercicio de las acciones judiciales y\/o transigir cualquier litigio que tenga el FEUP o someterlo a la Junta de Amigables Componedores.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Comisionar al Gerente, o a uno o m\u00e1s de sus miembros, para ejercer funciones espec\u00edficas en casos determinados.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Convocar directamente la Asamblea General.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Reglamentar los servicios de previsi\u00f3n y seguridad social, solidaridad y los servicios especiales que el FEUP preste a sus asociados y a los herederos o beneficiarios que autorice el asociado.<\/li>\n\n\n\n<li>Se\u00f1alar, modificar y reglamentar la pol\u00edtica de cr\u00e9ditos cuando las circunstancias lo exijan.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Cubrir las vacantes que se presenten en la Junta Directiva y los diferentes Comit\u00e9s en forma temporal, hasta que la Asamblea General decida sobre el particular conservando su representatividad original de acuerdo a las planchas o listas de la \u00faltima elecci\u00f3n.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Elaborar el plan de actividades a desarrollar en el per\u00edodo correspondiente.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Fijar la contribuci\u00f3n solidaria de ingreso para el Fondo de Solidaridad.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Todas aquellas que de acuerdo a la Ley y al Estatuto le correspondan y no est\u00e9n asignadas a otros organismos.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Encargar al Gerente suplente, cuando el Gerente en propiedad deba ausentarse por m\u00e1s de diez (10) d\u00edas h\u00e1biles.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Estar informado permanentemente de la prevenci\u00f3n del lavado de activos y financiaci\u00f3n del terrorismo.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 44: Las sesiones de la Junta Directiva ser\u00e1n ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se realizar\u00e1n dentro de los quince (15) primeros d\u00edas de cada mes, y las extraordinarias cuando a juicio del Presidente, Gerente, Revisor Fiscal o alguno de los Comit\u00e9s se consideren indispensables o convenientes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 45: La convocatoria a sesiones ordinarias ser\u00e1 hecha por el presidente con una anticipaci\u00f3n no menor de dos d\u00edas h\u00e1biles, indicando fecha, lugar, hora e informando su motivo. La citaci\u00f3n a las sesiones extraordinarias las har\u00e1 el Presidente o el Revisor Fiscal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 46: La concurrencia de tres (3) de sus miembros principales de los cuales uno debe ser el Presidente o vice presidente constituir\u00e1 Qu\u00f3rum para deliberar y adoptar decisiones v\u00e1lidas. Las decisiones de la Junta Directiva se tomar\u00e1n por mayor\u00eda de votos, pero cuando s\u00f3lo asistan tres (3) de sus miembros las decisiones deber\u00e1n ser tomadas por unanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 47: A las reuniones de la Junta Directiva podr\u00e1n asistir como invitados el(a) Gerente, el(a) Revisor(a) Fiscal, el(a) Secretario-Tesorero(a), el(a) Contador(a), los integrantes de los Comit\u00e9s y los asociados al FEUP. El Gerente y los dem\u00e1s invitados, tendr\u00e1n derecho a voz, pero no a voto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PAR\u00c1GRAFO: Los acuerdos y decisiones de la Junta Directiva se har\u00e1n conocer a los asociados mediante edicto o medios electr\u00f3nicos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 48: Los miembros de la Junta Directiva, no podr\u00e1n ocupar cargo alguno dentro del FEUP, mientras est\u00e9n actuando como tales, tampoco podr\u00e1n estar ligados entre s\u00ed, ni con los miembros de Comit\u00e9s, Revisor(a) Fiscal, Gerente y dem\u00e1s empleados del FEUP, por matrimonio o parentesco hasta el cuarto (4\u00ba) grado de consanguinidad o segundo de afinidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 49: Ser\u00e1 considerado como dimitente todo miembro de la Junta Directiva, que faltare a tres (3) sesiones ordinarias o extraordinarias sin manifestar la causa y ser aceptada por la Junta Directiva. En tal caso los restantes miembros mediante acuerdo motivado declarar\u00e1n la vacancia del cargo del miembro y llamar\u00e1n a un suplente para que ejerza tales funciones por el resto del per\u00edodo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 50: Los miembros de la Junta Directiva solo pueden ser eximidos de responsabilidades por violaci\u00f3n de la Ley, del presente Estatuto o de los Reglamentos, cuando demuestren su ausencia de la sesi\u00f3n correspondiente, o de haber salvado expresamente su voto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 51: Lo tratado en las reuniones de la Junta Directiva y de los Comit\u00e9s, se har\u00e1 constar en los respectivos libros de Actas y ser\u00e1n firmados por el Presidente y Secretaria(o). Su contenido debe ajustarse a las normas legales vigentes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 52: REPRESENTANTE LEGAL. El Gerente del FEUP es el representante legal del mismo y principal ejecutor de las decisiones de la Asamblea General, de la Junta Directiva y de los Comit\u00e9s, de acuerdo a la Ley. El Gerente es nombrado por la Junta Directiva para un periodo de dos (2) a\u00f1os, pudiendo ser ratificado o removido libremente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PAR\u00c1GRAFO: El Gerente tendr\u00e1 un Suplente que debe reunir los mismos requisitos que para ser Titular. El suplente reemplazar\u00e1 al Gerente por ausencias superiores a diez (10) d\u00edas h\u00e1biles. Cuando la ausencia sea definitiva el suplente terminar\u00e1 el periodo para el cual fueron nombrados. Cuando por cualquier circunstancia faltaren el Titular y el Suplente la Junta Directiva nombrara un Gerente Encargado hasta terminar el periodo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 53: Para ejercer el cargo de representante legal se requiere:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Ser asociado del FEUP.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Certificar m\u00ednimo curso b\u00e1sico de Cooperativismo.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Acreditar experiencia en el sector solidario de m\u00ednimo dos (2) a\u00f1os.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Nombramiento hecho por la Junta Directiva.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Aceptaci\u00f3n del Cargo.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Prestar la Fianza, fijada por la Junta Directiva.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Reconocimiento e inscripci\u00f3n ante las entidades competentes.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>No tener impedimento legal.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 54: Son funciones y atribuciones del Gerente las siguientes:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Ejercer la direcci\u00f3n de las actividades del FEUP y dar cumplimiento a las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Estar informado permanentemente de la prevenci\u00f3n del lavado de activos y financiaci\u00f3n del terrorismo.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Ejecutar y supervisar el cumplimiento de los Acuerdos, Resoluciones y programas expedidos por la Asamblea General, la Junta Directiva o los Comit\u00e9s.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Aplicar las sanciones disciplinarias que correspondan, a los empleados del FEUP, como su Jefe inmediato y dar cuenta oportuna de ello a la Junta Directiva.<\/span> <span style=\"color: initial;\">Organizar y coordinar con la Junta Directiva, las pol\u00edticas trazadas por la Asamblea General.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Elaborar y someter a la aprobaci\u00f3n de la Junta Directiva el Reglamento interno del FEUP, los procedimientos y el r\u00e9gimen de sanciones, as\u00ed como vigilar su estricta aplicaci\u00f3n y cumplimiento.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Preparar los planes, programas, proyectos, reglamentos y acuerdos que deban ser sometidos al an\u00e1lisis, estudio, decisi\u00f3n y aprobaci\u00f3n de la Junta Directiva, as\u00ed como la reglamentaci\u00f3n de los servicios que presta el FEUP.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Reglamentar las funciones del personal administrativo, y someterlas a consideraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de la Junta Directiva.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Presentar a la Junta Directiva, junto con el Contador, el Proyecto anual de presupuesto de ingresos y egresos del FEUP, para su estudio y aprobaci\u00f3n.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Presentar para aprobaci\u00f3n de la Junta Directiva, los contratos y operaciones en los cuales tenga inter\u00e9s el FEUP que rebasen la \u00f3rbita de sus facultades.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Ordenar los gastos contemplados en el Presupuesto y los extraordinarios de igual o menor cuant\u00eda a diez (10) salarios m\u00ednimos mensuales legales vigentes, o aquellos gastos de cuant\u00eda superior que sean aprobados previamente por la Junta Directiva.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Supervisar el Estado de Caja y Bancos y atender que se mantengan en seguridad los bienes y valores del FEUP.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Celebrar contratos y operaciones propias del FEUP con entidades ajenas al mismo, cuyo valor en cada caso no exceda la suma de diez (10) salarios m\u00ednimos mensuales legales vigentes.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Aprobar pr\u00e9stamos a los asociados, previa verificaci\u00f3n del cumplimiento del Reglamento.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Intervenir en las diligencias de admisi\u00f3n y retiro de asociados certificando, junto con el Secretario de la Junta, los registros respectivos y dem\u00e1s documentos pertinentes.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Enviar oportunamente a la Superintendencia de Econom\u00eda Solidaria los informes de contabilidad, balances, datos estad\u00edsticos y dem\u00e1s que dicha entidad requiera.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Enviar, oportunamente, a las entidades gubernamentales correspondientes los documentos y dem\u00e1s informes, que ellas requieran o soliciten previa autorizaci\u00f3n de la Junta Directiva.<\/li>\n\n\n\n<li>Firmar los certificados o constancias sobre el pago de los aportes sociales, hechos por los asociados al FEUP.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Ordenar la elaboraci\u00f3n y env\u00edo al Comit\u00e9 de Control Social y al Revisor Fiscal, las listas de asociados h\u00e1biles e inh\u00e1biles para concurrir a la Asamblea General Ordinaria con corte a 31 de diciembre del a\u00f1o inmediatamente anterior y treinta (30) d\u00edas antes para Asamblea General Extraordinaria.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Ejercer por s\u00ed mismo o por medio de apoderado la representaci\u00f3n judicial y\/o extrajudicial del FEUP.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Atender que el trabajo de la contabilidad se haga conforme a las normas legales vigentes.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Cumplir los Decretos, los Reglamentos y Normas que dicten la Supersolidaria o las autoridades legales.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Rendir informe mensual a la Junta Directiva sobre las actividades desarrolladas por el FEUP.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Elaborar y presentar informe anual de su gesti\u00f3n a la Asamblea General.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Propiciar la participaci\u00f3n del FEUP en los actos y fechas memorables para la econom\u00eda solidaria tanto a nivel nacional como internacional con la aprobaci\u00f3n de la Junta Directiva.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Proponer a la Junta Directiva la afiliaci\u00f3n, asociaci\u00f3n e integraci\u00f3n del FEUP a los organismos del sector solidario y a otros que estime conveniente.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Desempe\u00f1ar a cabalidad las funciones propias de su cargo y las dem\u00e1s que le asigne la Junta Directiva.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 55: REVISOR\u00cdA FISCAL. La revisi\u00f3n fiscal y contable, sin perjuicio de las dem\u00e1s funciones de control, que garanticen el correcto funcionamiento y la eficiente administraci\u00f3n del FEUP, estar\u00e1 a cargo del(a) Revisor(a) Fiscal elegido(a) por la Asamblea General para un per\u00edodo de dos (2) a\u00f1os, de las hojas de vida inscritas en la Gerencia y sustentadas por los candidatos en la Asamblea. Pudiendo ser reelegido(a) o removido(a) libremente por esta.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PAR\u00c1GRAFO: El suplente del Revisor Fiscal no debe tener ning\u00fan v\u00ednculo familiar hasta el 4to. Grado de consanguinidad y 2do grado de afinidad con el Revisor Fiscal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 56: El(a) Revisor(a) Fiscal ejercer\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Verificar que las operaciones que se celebren o ejecuten por cuenta del FEUP se ajusten a las prescripciones legales, al Estatuto, a las disposiciones de la Asamblea General y de la Junta Directiva.<\/li>\n\n\n\n<li>Dar oportuna cuenta a la Asamblea General, a la Junta Directiva o al Representante Legal, seg\u00fan el caso, de las irregularidades que se presenten en el funcionamiento del FEUP y en el desarrollo de sus actividades.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Inspeccionar regular y asiduamente los bienes del FEUP y todo lo que tenga a cualquier otro t\u00edtulo verificando que se tomen las medidas oportunas de conservaci\u00f3n y\/o seguridad de los mismos.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Verificar el cumplimiento de las normas que, sobre informes contables, financieros y sociales, exija la Superintendencia de Econom\u00eda Solidaria.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Efectuar el arqueo de caja cada vez que lo estime conveniente y velar porque todos los libros del FEUP est\u00e9n al d\u00eda y de acuerdo a los planes de la entidad, aprobados por la Junta Directiva y conforme a las normas que deben rendirse tanto a la Junta Directiva como a la Asamblea General y a la Superintendencia de Econom\u00eda Solidaria.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Estar informado permanentemente de la prevenci\u00f3n del lavado de activos y financiaci\u00f3n del terrorismo.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Las dem\u00e1s funciones que disponga la Ley y la Asamblea.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 57: El dictamen o informe del(a) Revisor(a) Fiscal sobre los balances generales deber\u00e1 expresar por lo menos lo siguiente:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Si ha obtenido las informaciones necesarias por parte de la administraci\u00f3n para cumplir sus funciones.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Si en el curso de la revisi\u00f3n se han seguido los procedimientos aconsejados por la t\u00e9cnica de intervenci\u00f3n de cuentas.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Si en su concepto la contabilidad se lleva conforme a las normas legales y a las decisiones de la Asamblea General y\/o de la Junta Directiva.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Si el balance y el estado de p\u00e9rdidas y excedentes han sido tomados fielmente de los libros y si en su opini\u00f3n el primero presenta en forma fidedigna, de acuerdo a las normas de contabilidad generalmente aceptadas, las respectivas situaciones al terminar el per\u00edodo revisado y el segundo refleja el resultado de las operaciones de dicho per\u00edodo.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Las reservas y salvedades que tenga sobre la fidelidad de los Estados Financieros.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 58: El(a) Revisor(a) Fiscal responder\u00e1 por los perjuicios que ocasione al FEUP, a los asociados o a terceros por negligencia o dolo en el cumplimiento de sus funciones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 59: El(a) Revisor(a) Fiscal deber\u00e1 guardar completa reserva sobre los actos o hechos de que tenga conocimiento en ejercicio de su cargo y s\u00f3lo podr\u00e1 comunicarlos expresamente en la forma y casos previstos por la Ley<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 60: El(a) Revisor(a) Fiscal podr\u00e1 intervenir en las deliberaciones de la Asamblea General y\/o de la Junta Directiva con voz pero sin voto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 61: Tanto el(a) Revisor(a) Fiscal como su suplente deber\u00e1n ser Contadores P\u00fablicos con matr\u00edcula vigente, no podr\u00e1n ser asociados del FEUP.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PAR\u00c1GRAFO: Los honorarios del(a) Revisor(a) Fiscal son fijados por la Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 62: COMIT\u00c9 DE CONTROL SOCIAL. La inspecci\u00f3n y vigilancia interna del FEUP est\u00e1 a cargo del Comit\u00e9 de Control Social, compuesto por tres (3) asociados h\u00e1biles, con sus respectivos suplentes nominales elegidos por la Asamblea General para un per\u00edodo de dos (2) a\u00f1os pudiendo ser reelegidos o removidos libremente por la misma. Sesionar\u00e1 por lo menos una (1) vez al mes, por decisi\u00f3n de sus miembros, a petici\u00f3n de la Junta Directiva, del Gerente o del(a) Revisor(a) Fiscal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PAR\u00c1GRAFO: Para ser miembro del Comit\u00e9 de Control Social se requieren las mismas condiciones que para ser miembro de la Junta Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 63: Son funciones del Comit\u00e9 de Control Social:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Velar porque los actos de los \u00f3rganos de administraci\u00f3n se ajusten a las prescripciones legales estatutarias y reglamentarias; en especial, los principios cooperativos.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Informar a la Asamblea General, a los \u00f3rganos de administraci\u00f3n, al Revisor Fiscal o a la Superintendencia de Econom\u00eda Solidaria sobre las irregularidades que existan en el funcionamiento del FEUP y presentar recomendaciones sobre las medidas que en su concepto deban adoptarse.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Conocer los reclamos que presenten los asociados en relaci\u00f3n con la prestaci\u00f3n de servicios, valorarlos, tramitarlos y solicitar los correctivos a la instancia pertinente.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Solicitar la aplicaci\u00f3n de sanciones para los directivos, administrativos, asociados y empleados cuando a ello haya lugar, y velar porque el \u00f3rgano competente se ajuste al procedimiento establecido para tal efecto.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Verificar la lista de asociados h\u00e1biles que pueden participar en las Asambleas Generales.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Rendir informes sobre sus actividades a la Asamblea General Ordinaria.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Las dem\u00e1s que le asigne la ley y la circular b\u00e1sica jur\u00eddica vigente.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 64: COMIT\u00c9 DE EVALUACI\u00d3N DE CARTERA DE CR\u00c9DITOS. El FEUP tendr\u00e1 un Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n de Cartera de Cr\u00e9ditos, conformado por tres (3) asociados con sus respectivos suplentes elegidos por la Asamblea General, para un per\u00edodo de dos (2) a\u00f1os, pudiendo ser removidos o reelegidos libremente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 65: El Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n de Cartera de Cr\u00e9ditos sesionar\u00e1 por lo menos una (1) vez al mes, por decisi\u00f3n de sus miembros, a petici\u00f3n de la Junta Directiva, del Gerente o del(a) Revisor(a) Fiscal. La concurrencia de dos (2) de sus miembros, forma qu\u00f3rum para deliberar y adoptar decisiones v\u00e1lidas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 66: Son funciones del Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n de Cartera de Cr\u00e9ditos:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Evaluar permanentemente el riesgo de la cartera de cr\u00e9ditos, como m\u00ednimo en los meses de Mayo y Noviembre; de conformidad con el Reglamento de Evaluaci\u00f3n de Cartera de Cr\u00e9ditos del F.E.U.P.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Informar, a la instancia correspondiente, sobre el estado de los cr\u00e9ditos de los asociados.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Proponer a la Junta Directiva las modificaciones que sean necesarias al manual de cartera.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Otras que determinen las leyes y las normas del FEUP.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 67: COMIT\u00c9 DE LIQUIDEZ. El FEUP tendr\u00e1 un Comit\u00e9 de Liquidez integrado por tres (3) miembros con sus respectivos suplentes, elegidos por la Asamblea General Ordinaria para un per\u00edodo de dos (2) a\u00f1os sin perjuicio de ser reelegidos o removidos libremente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 68: El Comit\u00e9 de Liquidez sesionar\u00e1 por lo menos una (1) vez al mes por decisi\u00f3n de sus miembros, la Junta Directiva, el Gerente o el(a) Revisor(a) Fiscal. La concurrencia de dos (2) de sus miembros, forma qu\u00f3rum para deliberar y adoptar decisiones v\u00e1lidas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 69: SON FUNCIONES DEL COMIT\u00c9 DE LIQUIDEZ:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Establecer los procedimientos y mecanismos adecuados para la gesti\u00f3n y administraci\u00f3n de riesgos, velar por la capacitaci\u00f3n del personal de la entidad en lo referente a este tema y propender por el establecimiento de los sistemas de educaci\u00f3n necesarios.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Asesorar a la Junta Directiva, en la definici\u00f3n de los l\u00edmites de exposici\u00f3n por tiempo de riesgo, montos, monedas e instrumentos y velar por su cumplimiento.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Proveer a los \u00f3rganos decisorios de la entidad de estudios y pron\u00f3sticos sobre el comportamiento de las principales variables econ\u00f3micas y monetarias y recomendar estrategias sobre la estructura del balance en lo referente a plazos, montos, monedas, tipos de instrumento y mecanismo de cobertura.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 70: EL (LA) SECRETARIO(A) \u2013 TESORERO. El FEUP tendr\u00e1 un (a) Secretario(a) \u2013 Tesorero(a) nombrado(a) por la Junta Directiva para un per\u00edodo de dos (2) a\u00f1os, pudiendo ser ratificado(a) o removido(a) libremente<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 71: Son funciones del (la) Secretario(a) \u2013 Tesorero:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Tramitar oportunamente la correspondencia.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Organizar el archivo del FEUP de acuerdo a las necesidades de la entidad usando los sistemas y pr\u00e1cticas modernas.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Suscribir en asocio del Gerente o de los dignatarios respectivos las actas y documentos que se dirijan a la Superintendencia de Econom\u00eda Solidaria.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Colaborar en la elaboraci\u00f3n, presentaci\u00f3n y env\u00edo oportuno de las estad\u00edsticas, informes, balances y dem\u00e1s documentos pertinentes.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Prestar regularmente sus servicios en las Oficinas del FEUP y colaborar con todas aquellas funciones de la Junta Directiva, el Gerente y los Comit\u00e9s que requieran su atenci\u00f3n.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Atender el movimiento de caudales percibiendo todos los ingresos y efectuando los pagos que ordene la Gerencia.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Consignar diariamente en las cuentas Bancarias del FEUP los dineros recaudados y firmar con el Gerente los cheques que se giren contra dichas cuentas.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Elaborar, archivar y conservar t\u00e9cnicamente los comprobantes de caja y pasar diariamente relaci\u00f3n al Gerente y Contador(a) sobre los ingresos y egresos del FEUP.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Facilitar al Gerente, al Contador(a), al(a) Revisor(a) Fiscal, al Comit\u00e9 de Control Social, a los visitantes de la Superintendencia de Econom\u00eda Solidaria y a los asociados los libros y documentos a su cargo para efectos de los arqueos necesarios y de las diligencias pertinentes.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Suministrar a la Gerencia y al(a) Contador(a) todos los informes y comprobantes necesarios para los asientos contables.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Tener al d\u00eda los libros de caja y bancos.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Diligenciar con el Gerente los pr\u00e9stamos ci\u00f1\u00e9ndose a los reglamentos.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Cumplir las disposiciones que sean de su competencia dictadas por la Junta Directiva y las dem\u00e1s funciones propias de su cargo.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 72. EL (LA) SECRETARIO(A) \u2013 AUXILIAR. El FEUP tendr\u00e1 un (a) Secretario(a) \u2013 Auxiliar nombrado(a) por la Junta Directiva para un per\u00edodo de dos (2) a\u00f1os, pudiendo ser ratificado(a) o removido(a) libremente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 73. Son funciones de la Secretaria Auxiliar.<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Cumplir con los criterios emitidos por el gerente que permitan la coordinaci\u00f3n con el resto de la organizaci\u00f3n.<\/li>\n\n\n\n<li>Tramitar oportunamente la correspondencia.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Colaborar en la elaboraci\u00f3n, presentaci\u00f3n y envi\u00f3 oportuno de las estad\u00edsticas informes, estados financieros y dem\u00e1s documentos pertinentes.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Organizar el archivo del FEUP de acuerdo a las necesidades de la entidad usando los sistemas y pr\u00e1cticas modernas.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Colaborar en los requerimientos de la Junta Directiva, Gerente y los diferentes comit\u00e9s.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Archivar y conservar t\u00e9cnicamente los comprobantes de caja.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Cumplir las disposiciones que sean de su competencia dictadas por la Junta Directiva.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Servir como v\u00ednculo informativo entre los diferentes estamentos del FEUP.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Elaborar junto con el contador la n\u00f3mina.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Elaborar junto con el contador y el tesorero los informes a la superintendencia de econom\u00eda solidaria y los dem\u00e1s entes de control que lo requieran.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Generar en el sistema las planillas de pagos de seguridad social.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Responsable de elaborar el informe para las centrales de riesgo.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Cumplir las disposiciones que sean de su competencia dictadas por la Junta Directiva y las dem\u00e1s funciones propias de su cargo.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 74. EL (LA) SE\u00d1OR(A) DE SERVICIOS GENERALES. El FEUP tendr\u00e1 un (a) Se\u00f1or (a) de Servicios Generales nombrado(a) por la Junta Directiva para un per\u00edodo de dos (2) a\u00f1os, pudiendo ser ratificado(a) o removido(a) libremente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 75. Funciones de Servicios Generales.<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Garantizar el aseo y orden en las instalaciones del FEUP.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Cumplir con los servicios de cafeter\u00eda para los asociados y administrativos del FEUP.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Informar a su superior inmediato sobre el estado y condici\u00f3n de los elementos de trabajo o herramientas para su oportuna reposici\u00f3n.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Mantener buenas relaciones con el personal que labora en el FEUP, los asociados, la Junta Directiva y los miembros de los diferentes comit\u00e9s.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Cumplir con las funciones propias de su cargo y las dem\u00e1s que le asigne la Junta Directiva y la Gerencia.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 76: CONTADOR(A). El FEUP, tendr\u00e1 un(a) Contador(a) P\u00fablico con tarjeta profesional nombrado por la Junta Directiva, previa convocatoria para un per\u00edodo de dos (2) a\u00f1os, pudiendo ser ratificado(a) o removido(a) libremente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 77: SON FUNCIONES DEL (LA) CONTADOR(A):<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Organizar y dirigir la contabilidad conforme a la ley y dem\u00e1s normas legales.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Llevar todos los libros prescritos por la ley debidamente registrados y clasificados seg\u00fan la nomenclatura de cuentas de la Superintendencia de Econom\u00eda Solidaria.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Llevar el libro de registros y certificados de aportaci\u00f3n con especificaci\u00f3n de las sumas aportadas por cada asociado.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Revisar que el archivo de comprobantes de contabilidad est\u00e9 de acuerdo a las normas que existan para tal efecto.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Elaborar mensualmente el balance para la informaci\u00f3n de la Gerencia y la Junta Directiva.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Elaborar, cada seis (6) meses, todos los documentos con sus respectivos anexos informativos para la Superintendencia de Econom\u00eda Solidaria.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Tener a disposici\u00f3n de los asociados, seg\u00fan la reglamentaci\u00f3n que dicte la Junta Directiva, los libros y cuentas necesarias para su examen y control.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Mantener al d\u00eda las cuentas de los asociados, pudiendo certificar en cualquier momento los saldos respectivos.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 78: EL (LA) SECRETARIO(A) \u2013 TESORERO(A) Y EL (LA) CONTADOR(A) no podr\u00e1n estar ligados entre s\u00ed, ni con los miembros de la Junta Directiva, el (la) Revisor(a) Fiscal, el Gerente u otros funcionarios del FEUP por matrimonio o parentesco dentro del cuarto (4\u00ba) grado de consanguinidad o segundo (2\u00ba) de afinidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 79: COMIT\u00c9 DE EDUCACI\u00d3N SOLIDARIA. El FEUP tendr\u00e1 un Comit\u00e9 de Educaci\u00f3n Solidaria integrado por tres (3) miembros principales con sus respectivos suplentes nombrados por la Junta Directiva, para un periodo de dos (2) a\u00f1os pudiendo ser ratificados o removidos libremente. Sesionar\u00e1 por lo menos una (1) vez al mes por decisi\u00f3n de sus miembros, de la Junta Directiva, o a petici\u00f3n del Gerente o del(a) Revisor(a) Fiscal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 80: La concurrencia de dos (2) de sus miembros forma qu\u00f3rum para deliberar y adoptar decisiones v\u00e1lidas. Si faltare alguno de los miembros principales lo reemplazar\u00e1 su suplente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 81: Son funciones del Comit\u00e9 de Educaci\u00f3n Solidaria:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Organizar para las Directivas y asociados del FEUP cursos de actualizaci\u00f3n de Econom\u00eda Solidaria.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Organizar peri\u00f3dicamente campa\u00f1as de Educaci\u00f3n para los asociados y su familia.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Elaborar regularmente un \u00f3rgano de difusi\u00f3n escrito sobre asuntos generales y educativos del FEUP.<\/li>\n\n\n\n<li>Colaborar con todas las campa\u00f1as de promoci\u00f3n que realice la Superintendencia de Econom\u00eda Solidar\u00eda.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 82: COMIT\u00c9 DE RECREACI\u00d3N. Lo conforman tres (3) miembros con sus respectivos suplentes, nombrados por la Junta Directiva, para un periodo de dos (2) a\u00f1os sin perjuicio de ser ratificados o removidos libremente. Sesionar\u00e1 por lo menos una (1) vez al mes por decisi\u00f3n de sus miembros, de la Junta Directiva, o a petici\u00f3n del Gerente o del Revisor Fiscal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 83: La concurrencia de dos (2) de sus miembros forma qu\u00f3rum para deliberar y adoptar decisiones v\u00e1lidas. Si faltare alguno de los miembros principales lo reemplazar\u00e1 su suplente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 84: Son funciones del Comit\u00e9 de Recreaci\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Presentar planes anuales a la Junta Directiva para su estudio y aprobaci\u00f3n.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Organizar eventos que promuevan la integraci\u00f3n entre los asociados.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Propender por el desarrollo humano en el manejo del tiempo libre.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Celebrar actividades relacionados con conmemoraciones especiales.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Velar por la sana recreaci\u00f3n y esparcimiento de los asociados.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Fomentar la recreaci\u00f3n ecol\u00f3gica y ambiental.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 85: EL FONDO DE BIENESTAR SOCIAL tiene como objetivo ofrecer servicios espec\u00edficos de bienestar a los asociados y su grupo familiar, buscando satisfacer las necesidades sociales, celebraciones presentes, salud, educaci\u00f3n, cultura, deporte, asistencia, previsi\u00f3n y servicios sociales. Los recursos de \u00e9ste Fondo ser\u00e1n recursos provenientes del ejercicio mensual de acuerdo con la decisi\u00f3n de la Junta Directiva, asign\u00e1ndole un 20% de las ganancias mensuales que recibe el FEUP por su actividad, por los dineros que reciba el Fondo a t\u00edtulo de donaciones, herencias o legados de personas naturales y los dem\u00e1s recursos que considere la Junta Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 86: Las actividades del Comit\u00e9 de Bienestar Social se desarrollar\u00e1n en forma permanente y aut\u00f3noma en coordinaci\u00f3n con la Gerencia y previa autorizaci\u00f3n de la Junta Directiva y de acuerdo a su plan de trabajo. Los recursos del Fondo de Bienestar Social podr\u00e1n ser destinados a la atenci\u00f3n de las necesidades de los asociados y sus familiares de acuerdo al objetivo del Fondo. El manejo del Fondo de Bienestar Social lo har\u00e1 la Junta Directiva de acuerdo a la reglamentaci\u00f3n Espec\u00edfica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 87: COMIT\u00c9 DE CR\u00c9DITO. Tiene por objeto establecer pol\u00edticas tendientes a satisfacer las diferentes necesidades en materia de cr\u00e9dito que demanden los asociados del FEUP, en las que se observen reglas claras que permitan asegurar una efectiva colocaci\u00f3n y oportuna recuperaci\u00f3n de los recursos. Estar\u00e1 conformado por tres (3) asociados del FEUP, nombrados por la Junta Directiva, pueden ser ratificados o removidos libremente. Sesionar\u00e1 por lo menos una (1) vez al mes, por decisi\u00f3n de sus miembros, a petici\u00f3n de la Junta Directiva, del Gerente o del(a) Revisar(a) Fiscal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ARTICULO 88. NATURALEZA DEL FONDO DE DESARROLLO SOLIDARIO EMPRESARIAL \u2013 FODES. El Fondo de Desarrollo Solidario Empresarial FODES es una cuenta independiente y especial adscrita al Fondo de Empleados de la Universidad de Pamplona FEUP, cuyo principio es el fomento y promoci\u00f3n de desarrollo empresarial solidario de los asociados para la generaci\u00f3n de empleo mediante articulaci\u00f3n de recursos econ\u00f3micos y de gesti\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ARTICULO 89. OBJETO DEL FODES. El Fondo de Desarrollo Solidario Empresarial FODES. Tendr\u00e1 como objeto exclusivo financiar iniciativas empresariales que provengan y sean desarrolladas por la Junta Directiva del FEUP o de un grupo de asociados que deseen desarrollar labores empresariales con beneficio para ellos y para el FEUP.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ARTICULO 90. ADMINISTRACI\u00d3N Y DIRECCI\u00d3N DEL FODES. Contar\u00e1 con el comit\u00e9 conformado por tres asociados principales y tres suplentes designados por la Asamblea General de FEUP. Los suplentes tendr\u00e1n el car\u00e1cter de personales. El Coordinador (a) y Secretario (a) del FODES ser\u00e1 elegidos por mutuo acuerdo de los miembros del comit\u00e9.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 91: Los miembros de la Junta Directiva, el Gerente, el(a) Revisor(a) Fiscal y dem\u00e1s funcionarios y empleados del FEUP, son responsables si por su acci\u00f3n, omisi\u00f3n o extra-limitaci\u00f3n en el ejercicio de sus funciones o abuso de autoridad hayan perjudicado el patrimonio o el prestigio de la entidad y la Asamblea General, los asociados o los acreedores podr\u00e1n ejercer acci\u00f3n de responsabilidad con el objeto de exigir la reparaci\u00f3n de los perjuicios causados.<\/p>\n<\/details>\n<\/div>\n<\/div>\n\n\n\n<div style=\"height:20px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-columns is-layout-flex wp-container-core-columns-is-layout-8f761849 wp-block-columns-is-layout-flex\">\n<div class=\"wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow\">\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>CAP\u00cdTULO V<\/strong><\/p>\n\n\n\n<details class=\"wp-block-details is-layout-flow wp-block-details-is-layout-flow\"><summary><strong>SANCIONES, CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS, AMIGABLES COMPONEDORES<\/strong><\/summary>\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 92: La Junta Directiva sancionar\u00e1 a los asociados, de acuerdo con la gravedad de la falta o causal as\u00ed:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Llamada de atenci\u00f3n por escrito.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Suspensi\u00f3n de los servicios hasta por tres (3) meses.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Exclusi\u00f3n del FEUP.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">CAUSALES:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Por ejercer dentro del FEUP actividades de car\u00e1cter pol\u00edtico, religioso o racial.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Por realizar actividades desleales contrarias a los ideales del FEUP.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Por entregar al FEUP bienes de procedencia fraudulenta.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Por falsedad o reticencia en los informes o documentos que el FEUP requiera.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Por efectuar operaciones ficticias y\/o fraudulentas en perjuicio del FEUP, de los asociados o terceros.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Por irrespeto, comprobado, a los Cuerpos Directivos, empleados o asociados del FEUP.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Por haber sido juzgado y sentenciado a prisi\u00f3n.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Por incumplimiento sistem\u00e1tico de las obligaciones econ\u00f3micas contra\u00eddas con el FEUP.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 93: Para que la sanci\u00f3n sea procedente se requiere de una investigaci\u00f3n previa adelantada por el Comit\u00e9 de Control Social y fundamentada en hechos debidamente probados, asegurando el debido proceso y, que deber\u00e1 ser presentada a la Junta Directiva para su decisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PAR\u00c1GRAFO: La exclusi\u00f3n deber\u00e1 ser aprobada por la mayor\u00eda de los miembros de la Junta Directiva en pleno, mediante acuerdo motivado y contemplar\u00e1 las siguientes etapas procesales:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Auto de apertura de investigaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n de la misma.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Pliego de cargos al investigado donde debe se\u00f1alarse las normas presuntamente violadas.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Notificaci\u00f3n del pliego de cargos.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Descargos del investigado.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Practica de pruebas.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Traslado, con sus recomendaciones, al \u00f3rgano de administraci\u00f3n competente para aplicar las sanciones.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Notificaci\u00f3n de la sanci\u00f3n por parte del \u00f3rgano competente.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Posibilidad de presentaci\u00f3n de los recursos a que haya lugar.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Resoluci\u00f3n, por parte de las instancias competentes de los recursos interpuestos.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 94: La Junta Directiva podr\u00e1 suspender temporalmente en sus derechos a los asociados por mora en el cumplimiento de sus obligaciones o por infracci\u00f3n al Estatuto, Acuerdos y Reglamentos, Decretos o Leyes sobre la materia. La suspensi\u00f3n durar\u00e1 mientras subsistan las causas que la hayan motivado sin perjuicio de las dem\u00e1s sanciones a que haya lugar y se respetar\u00e1 las etapas procesales contempladas en el art\u00edculo anterior.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 95: Las sanciones a Directivos, administradores y asociados del FEUP las aplicar\u00e1 la Junta Directiva, \u00f3rgano que deber\u00e1 producir el fallo, con la asistencia del Comit\u00e9 de Control Social que adelantar\u00e1 el debido proceso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 96: Contra los fallos emitidos por la Junta Directiva en virtud del presente art\u00edculo proceden los siguientes recursos:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>De reposici\u00f3n. Presentado ante el ente que produjo la sanci\u00f3n para que \u00e9ste revise el fallo pronunciado. Este recurso procede dentro de los cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles despu\u00e9s de haberse notificado el fallo.<\/li>\n\n\n\n<li>De apelaci\u00f3n. Procede ante la Asamblea General que resolver\u00e1 al respecto.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PAR\u00c1GRAFO: Todo recurso debe elevarse debidamente documentado. El recurso de apelaci\u00f3n puede presentarse en concurso con el recurso de reposici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 97: Confirmado el fallo este quedar\u00e1 ejecutoriado y en firme y en consecuencia surtir\u00e1 sus efectos legales a partir de la fecha de su confirmaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PAR\u00c1GRAFO 1: Quedan vigentes las obligaciones crediticias que consten en libranza, pagar\u00e9 u otro documento debidamente firmado por el asociado en su calidad de tal, antes de ser sancionado y las garant\u00edas otorgadas por \u00e9l a favor del FEUP.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PAR\u00c1GRAFO 2: Los asociados excluidos recibir\u00e1n sus aportes, sus ahorros, los intereses y los excedentes por liquidar proporcionalmente al tiempo de estad\u00eda contado a partir del primero de enero del a\u00f1o de retiro.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 98: Producido el Acuerdo de sanci\u00f3n, de suspensi\u00f3n o exclusi\u00f3n, se har\u00e1 la notificaci\u00f3n del caso dentro de los cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la fecha de su expedici\u00f3n. De no poder hacerse personalmente, se fijar\u00e1 un edicto en las carteleras del FEUP por un t\u00e9rmino de cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles, al cabo de los cuales se entender\u00e1 surtida la notificaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 99: En caso de conflicto entre los asociados o un asociado y la Junta Directiva o cualquiera de los \u00f3rganos de administraci\u00f3n se podr\u00e1 acudir a la Junta de amigables componedores, de conformidad con las normas legales vigentes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 100: La Junta de Amigables Componedores estar\u00e1 formada por tres (3) asociados, su composici\u00f3n se har\u00e1 en la siguiente forma, seg\u00fan se trate de diferencias surgidas entre el FEUP y sus asociados o solamente entre \u00e9stos. Para el primer caso, el asociado o asociados elegir\u00e1n un componedor y la Junta Directiva otro. Para el segundo caso cada asociado o grupos de asociados nombrar\u00e1 un componedor. El Comit\u00e9 de Control Social elegir\u00e1 un tercer componedor.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PAR\u00c1GRAFO: La Junta de Amigables Componedores no tendr\u00e1 car\u00e1cter permanente sino ocasional y sus miembros ser\u00e1n elegidos para cada caso entre los asociados h\u00e1biles y no podr\u00e1n tener parentesco entre s\u00ed, ni con las partes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n<\/details>\n<\/div>\n<\/div>\n\n\n\n<div style=\"height:20px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-columns is-layout-flex wp-container-core-columns-is-layout-8f761849 wp-block-columns-is-layout-flex\">\n<div class=\"wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow\">\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>CAP\u00cdTULO VI<\/strong><\/p>\n\n\n\n<details class=\"wp-block-details is-layout-flow wp-block-details-is-layout-flow\"><summary><strong>DEL R\u00c9GIMEN ECON\u00d3MICO<\/strong><\/summary>\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 101: PATRIMONIO. El patrimonio del FEUP est\u00e1 conformado por:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Los aportes ordinarios de sus asociados.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Las cuotas extraordinarias aprobadas por la Asamblea General.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Las reservas, valorizaciones y toda clase de bienes que acumule o adquiera legalmente.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Las donaciones que le concedan personas naturales o jur\u00eddicas, con el fin exclusivo de incrementar el patrimonio dentro de las normas legales.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Los excedentes y\/o p\u00e9rdidas que se generen en el desarrollo de sus propios negocios.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Los fondos de car\u00e1cter permanente.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Los excedentes del ejercicio anterior que no tengan destinaci\u00f3n espec\u00edfica.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Cualquier otra operaci\u00f3n legal que incremente el patrimonio del FEUP.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 102: Los aportes de los asociados corresponde al 90% del valor de la cuota mensual que cancelan los asociados y equivale al porcentaje entre el 3.5% al 10% del salario o mesada pensional y el remanente del 10% corresponde a Ahorros del asociado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 103: El l\u00edmite de los aportes de los asociados podr\u00e1 ser modificado por la Asamblea General en sus sesiones Ordinaria o Extraordinaria.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 104: El FEUP podr\u00e1 cobrar a sus asociados tasas y\/o gastos de administraci\u00f3n por servicios prestados para cubrir los costos de operaci\u00f3n y administraci\u00f3n, guardando los convenientes m\u00e1rgenes de seguridad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 105: El ejercicio econ\u00f3mico del FEUP, ser\u00e1 anual y se cerrar\u00e1 a treinta y uno (31) de diciembre de cada a\u00f1o, fecha en la cual se har\u00e1 corte de cuentas y se elaborar\u00e1 el informe de los estados financieros de fin del ejercicio que ser\u00e1n sometidos por la Junta Directiva al estudio y aprobaci\u00f3n de la Asamblea General Ordinaria de Asociados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 106: Los aportes y los ahorros solo ser\u00e1n devueltos cuando se produzca la desvinculaci\u00f3n del asociado por exclusi\u00f3n o por retiro voluntario y se reconocer\u00e1n los intereses sobre los ahorros proporcionalmente a la fracci\u00f3n del a\u00f1o vigente que ha permanecido como asociado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 107: Los excedentes de cada ejercicio econ\u00f3micose distribuir\u00e1n de la siguiente manera: El veinte por ciento (20%) para mantener la reserva legal de los aportes sociales. El diez por ciento (10%) para el Fondo de Desarrollo Empresarial. El setenta por ciento (70%) restante quedar\u00e1 a disposici\u00f3n de la Asamblea para compensar p\u00e9rdidas de ejercicios anteriores, educaci\u00f3n, recreaci\u00f3n, solidaridad, retorno cooperativo y revalorizaci\u00f3n de aportes seg\u00fan la normatividad vigente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 108: El Fondo de Educaci\u00f3n Solidaria se destinar\u00e1 a la formaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n de los asociados, directivos y administradores del FEUP, en aspectos inherentes al desarrollo y extensi\u00f3n de estas formas asociativas, en actividades de investigaci\u00f3n y estudio con similares prop\u00f3sitos y en programas complementarios con an\u00e1loga finalidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ARTICUL0 109: Del Fondo de Solidaridad asignado por la Asamblea General, se destinar\u00e1 el noventa por ciento (90%) para solidaridad de los asociados y el diez por ciento (10%) para casos de calamidad de personas o entidades no asociadas al FEUP.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 110: El Fondo de Recreaci\u00f3n se invertir\u00e1 en actividades que tengan como finalidad mejorar la calidad de vida de los asociados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 111: El Fondo de Bienestar Social se invertir\u00e1 en el Bienestar sociocultural de los asociados y podr\u00e1 subsidiar los otros fondos en caso de haberse agotado los recursos de ellos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 112: Durante su existencia y a\u00fan en el evento de su liquidaci\u00f3n, las reservas del FEUP, as\u00ed como las donaciones que haya recibido no podr\u00e1n ser distribuidas entre sus asociados y formaran el capital institucional.<\/p>\n<\/details>\n<\/div>\n<\/div>\n\n\n\n<div style=\"height:20px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-columns is-layout-flex wp-container-core-columns-is-layout-8f761849 wp-block-columns-is-layout-flex\">\n<div class=\"wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow\">\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>CAP\u00cdTULO VII<\/strong><\/p>\n\n\n\n<details class=\"wp-block-details is-layout-flow wp-block-details-is-layout-flow\"><summary><strong>DE LA ASOCIACI\u00d3N, FUSI\u00d3N, INCORPORACI\u00d3N, TRANSFORMACI\u00d3N, DISOLUCI\u00d3N Y LIQUIDACI\u00d3N<\/strong><\/summary>\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 113: ASOCIACI\u00d3N, FUSI\u00d3N E INCORPORACI\u00d3N. El FEUP puede asociarse, fusionarse o incorporarse a otros organismos de la misma naturaleza para el mejor cumplimiento de sus fines econ\u00f3micos y sociales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 114: Las decisiones sobre la asociaci\u00f3n, fusi\u00f3n, incorporaci\u00f3n y transformaci\u00f3n deber\u00e1n ser tomadas por la Asamblea General mediante el voto favorable de por lo menos el 70% de los asociados presentes y autorizados por asociados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 115: La Asociaci\u00f3n, fusi\u00f3n, incorporaci\u00f3n, transformaci\u00f3n y reforma del Estatuto requerir\u00e1n el conocimiento y autorizaci\u00f3n de la superintendencia de Econom\u00eda Solidaria para lo cual el FEUP deber\u00e1 presentar el nuevo Estatuto y los dem\u00e1s documentos necesarios. Este podr\u00e1 transformarse y fusionarse sin liquidarse.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 116: Los Fondos fusionados, o incorporados quedan disueltos y pierden su personer\u00eda jur\u00eddica, pero no entran en liquidaci\u00f3n con relaci\u00f3n de su activo y cancelaci\u00f3n de su pasivo, sino que el patrimonio pasa a la nueva sociedad o la incorporaci\u00f3n seg\u00fan el caso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 117: DISOLUCI\u00d3N Y LIQUIDACI\u00d3N. El FEUP, se disolver\u00e1 en los siguientes casos:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>No haya procedido de conformidad al Estatuto y la Ley.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Por haberse iniciado contra el FEUP, concurso de acreedores.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Por decisi\u00f3n de la Asamblea General, en los casos previstos en el presente estatuto con el voto favorable de por lo menos del 70% de los asociados presentes y autorizados por asociados.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Por p\u00e9rdida del cincuenta por ciento (50%) del Patrimonio de la \u00faltima vigencia.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Suspensi\u00f3n injustificada de las actividades administrativas relacionadas con su objeto durante un t\u00e9rmino mayor de tres (3) meses.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Por realizaci\u00f3n de actividades contrarias a la ley.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Fusi\u00f3n o incorporaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 118: Disuelto el FEUP se proceder\u00e1 a su liquidaci\u00f3n. En consecuencia, no podr\u00e1 iniciar nuevas operaciones en desarrollo de su objeto social y conservar\u00e1 su capacidad jur\u00eddica con el fin de realizar los actos necesarios para su liquidaci\u00f3n. Su denominaci\u00f3n estar\u00e1 seguida por la expresi\u00f3n \u00aben liquidaci\u00f3n\u00bb y el (los) liquidador(es) responder\u00e1n de los da\u00f1os y perjuicios que causen durante la realizaci\u00f3n de esta obligaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 119: En el mismo acto en que se determine la disoluci\u00f3n y la liquidaci\u00f3n del FEUP, se designar\u00e1 uno (1) o dos (2) liquidadores, se se\u00f1alar\u00e1 un plazo para cumplir este mandato, se determinar\u00e1 la fianza correspondiente y se fijar\u00e1n los honorarios respectivos. La aceptaci\u00f3n del cargo, la posesi\u00f3n, y prestaci\u00f3n de fianza, debe hacerse ante la Superintendencia de Econom\u00eda Solidaria, o a falta de \u00e9sta, ante la primera autoridad administrativa del domicilio del FEUP dentro de los quince (15) d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la comunicaci\u00f3n de su nombramiento.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 120: Cuando se hayan designado liquidadores del FEUP, el Gerente, el(a) Revisor(a) Fiscal, los miembros de la Junta Directiva y los empleados del mismo no podr\u00e1n hacer dejaci\u00f3n del cargo sin haber rendido cuentas de su gesti\u00f3n, ante la Superintendencia de Econom\u00eda Solidaria. El (los) liquidador(es) son verdaderos mandatarios del FEUP en Liquidaci\u00f3n y su(s) representante(s) legales en juicios y fuera de ellos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ARTICUL0 121: Los asociados podr\u00e1n reunirse cuando lo estimen necesario para conocer el estado de la liquidaci\u00f3n y coadyuvar con las medidas m\u00e1s convenientes al buen resultado de la gesti\u00f3n del(os) liquidador(es), quien(es) deber\u00e1(n) estar presente(s). La convocatoria se har\u00e1 por un m\u00ednimo del veinte por ciento (20%) de los asociados h\u00e1biles.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 122: En la liquidaci\u00f3n del patrimonio social deber\u00e1 procederse de acuerdo con el siguiente orden de prioridad de pagos: Gastos de liquidaci\u00f3n, salarios y prestaciones sociales, Cr\u00e9ditos hipotecarios y prendarios, Dep\u00f3sitos de ahorros, Obligaciones con terceros y Aportes de los asociados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PAR\u00c1GRAFO: Los remanentes de la liquidaci\u00f3n ser\u00e1n transferidos a la Asociaci\u00f3n de Jubilados o Pensionados de la Universidad de Pamplona, por ser una instituci\u00f3n privada sin \u00e1nimo de lucro que presta servicios de car\u00e1cter social cumpliendo con los requisitos de Ley.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 123: Ser\u00e1n deberes del(os) liquidador(es) los siguientes:<\/p>\n\n\n\n<ol style=\"list-style-type:lower-alpha\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Concluir las operaciones pendientes al tiempo de la disoluci\u00f3n.<\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Elaborar el inventario de los activos patrimoniales, de los pasivos de cualquier naturaleza, de los libros y de los dem\u00e1s documentos.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Exigir cuentas de su administraci\u00f3n a las personas que hayan manejado intereses del FEUP y no hayan obtenido el finiquito respectivo.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Liquidar y cancelar las cuentas del FEUP a terceros y a cada uno de los asociados.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Cobrar los cr\u00e9ditos, percibir su importe y otorgar los correspondientes finiquitos.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Rematar los bienes del FEUP.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Presentar los estados de liquidaci\u00f3n cuando los asociados lo soliciten.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li><span style=\"color: initial;\">Rendir cuentas peri\u00f3dicas de su mandato y al final de la liquidaci\u00f3n, y obtener de La Superintendencia de Econom\u00eda Solidaria, su finiquito. La Superintendencia de Econom\u00eda Solidaria podr\u00e1 en cualquier momento exigir los informes que considere pertinentes.<\/span><\/li>\n\n\n\n<li>Las dem\u00e1s funciones que se deriven del proceso de liquidaci\u00f3n y de la naturaleza de su mandato.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ART\u00cdCULO 124: Cualquier tema que no se contemple en el presente Estatuto debe consultarse el C\u00f3digo de Comercio y las dem\u00e1s normas vigentes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El presente Estatuto fue le\u00eddo y aprobado por unanimidad en Asamblea General de Asociados\u00a0 celebrada el d\u00eda 12 de octubre de\u00a0 2023, ajust\u00e1ndose a las disposiciones contenidas en la Ley 454 de 1998, el Decreto Ley 1481 de 1989, la Ley 1391 de 2010, los Decreto emitidos por el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico que le son pertinentes al Fondo de Empleados, as\u00ed como las circulares emitidas por la Superintendencia de la Econom\u00eda Solidaria y constituye el nuevo cuerpo estatutario que regir\u00e1 a partir del \u201c1 de enero de 2024\u201d. En constancia de lo anterior, firman:<\/p>\n<\/details>\n<\/div>\n<\/div>\n\n\n\n<div style=\"height:20px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-columns is-layout-flex wp-container-core-columns-is-layout-8f761849 wp-block-columns-is-layout-flex\">\n<div class=\"wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow\">\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Daniel Salvador Dur\u00e1n Osorio<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Presidente de la Asamblea<\/p>\n<\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow\">\n<p class=\"wp-block-paragraph\">VIRGINIA TOLOZA LEAL<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Secretaria de la Asamblea&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n\n\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ESTATUTO GENERAL FONDO DE EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA \u201cFEUP\u201d CAP\u00cdTULO I CAP\u00cdTULO II CAP\u00cdTULO III CAP\u00cdTULO IV CAP\u00cdTULO V CAP\u00cdTULO VI CAP\u00cdTULO VII Daniel Salvador Dur\u00e1n Osorio Presidente de la Asamblea VIRGINIA TOLOZA LEAL Secretaria de la Asamblea&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-19","page","type-page","status-publish"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/feup.co\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/19","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/feup.co\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/feup.co\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/feup.co\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/feup.co\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=19"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/feup.co\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/19\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/feup.co\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=19"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}