{"id":212,"date":"2025-02-04T12:57:35","date_gmt":"2025-02-04T12:57:35","guid":{"rendered":"https:\/\/feup.co\/?page_id=212"},"modified":"2025-02-04T12:57:35","modified_gmt":"2025-02-04T12:57:35","slug":"solidaridad-81-anos","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/feup.co\/?page_id=212","title":{"rendered":"Solidaridad 81 A\u00f1os"},"content":{"rendered":"<div class=\"entry\">\n<p><strong>REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD ASOCIADOS CON 81 A\u00d1OS<\/strong><\/p>\n<p><strong>ACUERDO No. 09<\/strong><\/p>\n<p>Por el cual se aprueba el reglamento del Fondo de Solidaridad Asociados con 81 a\u00f1os.<\/p>\n<p>La Junta Directiva del Fondo de Empleados de la Universidad de Pamplona, en uso de sus facultades y atribuciones legales conferidas por la Ley y por los Estatutos del F.E.U.P., y;<br \/>CONSIDERANDO<\/p>\n<ul>\n<li>Que uno de los principios del F.E.U.P.; es el esp\u00edritu de la solidaridad, cooperaci\u00f3n, participaci\u00f3n y ayuda mutua.<\/li>\n<li>Que en el numeral 1 del punto 17 del Orden del Dia de la Asamblea realizada el 28 de Marzo del a\u00f1o 2019; como consta en el Acta No. 044; fue creado el fondo de destinaci\u00f3n especifica de brindar un seguro a los Asociados que cumplan 81 a\u00f1os.<\/li>\n<li>Que es funci\u00f3n de la Junta Directiva del F.E.U.P., reglamentar y administrar el Fondo de Solidaridad Asociados con 81 a\u00f1os.<\/li>\n<li>Que es necesario reconocer la permanencia y continuidad en el fondo de empleados.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>ACUERDA<\/strong>:<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 1. DE LA FUNCION Y ADMINISTRACION:<\/strong> Se entiende por Fondo de Solidaridad Asociados con 81 a\u00f1os; a la partida aprobada por la Junta Directiva para brindar un seguro a los asociados que cumplan 81 a\u00f1os y as\u00ed fomentar el bienestar y bien com\u00fan de los asociados desamparados por la p\u00f3liza de vida grupo.<br \/>La Junta Directiva del FEUP, ser\u00e1 el organismo encargado de la Reglamentaci\u00f3n y Administraci\u00f3n de los recursos del Fondo de Solidaridad Asociados con 81 a\u00f1os.<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2. DE LA CAPTACION DE RECURSOS:<\/strong> Los recursos para el Fondo de Solidaridad Asociados con 81 a\u00f1os, ser\u00e1 inicialmente el saldo remanente del fondo de bienestar social a corte de diciembre del a\u00f1o 2018; por valor de TRECE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS PESOS MCTE. ($13.432.572) y el saldo que vaya quedando en el fondo de bienestar a los cortes de Diciembre de cada a\u00f1o siguiente.<br \/>Adem\u00e1s se le ingresara el valor del 100% de la contribuci\u00f3n solidaria que pagan los nuevos asociados al F.E.U.P.<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 3. DE LOS FINES Y BENEFICIOS:<\/strong> El Fondo de Solidaridad Asociados con 81 a\u00f1os; tiene como fin brindar un beneficio a los asociados que cumplan 81 a\u00f1os y que se hayan distinguido por su permanencia y continuidad de 25 a\u00f1os, representado en un beneficio de dinero en efectivo por el valor aprobado por la Junta Directiva; que a partir del a\u00f1o 2019 se establece en diez (10) S.M.L.M.V.<\/p>\n<p><strong>PARAGRAFO 1.<\/strong> Si al momento de girar el beneficio que se cita en el art\u00edculo; el Fondo de Solidaridad Asociados con 81 a\u00f1os no cuenta con el saldo necesario; la Junta Directiva podr\u00e1 utilizar los recursos del fondo de Bienestar y\/o asumir como gastos el valor total o diferencia del beneficio adquirido por el asociado.<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 4. DE LAS CONDICIONES Y REQUISITOS PARA EL BENEFICIO:<\/strong> Para acceder al beneficio del Fondo de Solidaridad Asociados con 81 a\u00f1os; deben acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:<\/p>\n<p>a) Haber cumplido 81 a\u00f1os de Edad.<br \/>b) Ser Asociado en forma continua en sus \u00faltimos 25 a\u00f1os de vida.<br \/>c) Presentarse personalmente en la oficina del F.E.U.P.; el d\u00eda de su cumplea\u00f1os numero 81; y\/o diez (10) d\u00edas despu\u00e9s de la fecha de su cumplea\u00f1os.<br \/>d) Presentar original y fotocopia de la Cedula.<br \/>e) No haber sido beneficiado por el Seguro de Vida.<\/p>\n<p><strong>ARTICULO 5. CONDICIONES GENERALES:<\/strong> Adem\u00e1s de las condiciones y requisitos para el beneficio expresado en el anterior art\u00edculo; se tendr\u00e1n en cuenta para la administraci\u00f3n y dem\u00e1s fines las siguientes condiciones:<\/p>\n<p>a) Para tener el manejo y control de ingresos y egresos del fondo se crear\u00e1 una cuenta pasiva en donde se registrar\u00e1n todos los movimientos del mismo; y peri\u00f3dicamente se presentar\u00e1 un informe de su ejecuci\u00f3n.<br \/>b) En caso que se compruebe fraude o falsedad en documentos tramitados para ser beneficiario del fondo, la Gerente se abstendr\u00e1 de concederlo e invocara el debido proceso seg\u00fan los reglamentos.<br \/>c) En caso de incapacidad o de hospitalizaci\u00f3n que le impida al asociado acercarse a la oficina en el plazo establecido para solicitar y radicar el beneficio; se podr\u00e1 otorgar presentando la historia cl\u00ednica dentro de los diez (10) d\u00edas siguientes a la fecha de su cumplea\u00f1os y ser\u00e1 consignado en cuenta bancaria a nombre del asociado.<br \/>d) En caso de que el Asociado Beneficiado, haya sido declarado interdicto podr\u00e1 reclamar el beneficio su curador(a) legitimo(a) presentando su respectiva sentencia.<br \/>e) El asociado beneficiado por el fondo no podr\u00e1 condonar deudas o compromisos del F.E.U.P.; con el valor total o parcial entregado.<br \/>f) Se har\u00e1 p\u00fablico el asociado que reciba este beneficio publicando en la p\u00e1gina web o en los medios que disponga la Gerencia. <\/p>\n<p>Este reglamento rige a partir de la fecha de su aprobaci\u00f3n y consta en el Acta No. 029 de la Junta Directiva del F.E.U.P.; dado en Pamplona a los doce (12) d\u00edas del mes de MARZO de 2020.<\/p>\n<p>En constancia de su aprobaci\u00f3n, firman:<\/p>\n<p>MARGARITA RICO VILLAMIZAR\u00a0<br \/>Presidenta de la Junta Directiva<\/p>\n<p>ESPERANZA JAUREGUI ALJURI<br \/>Secretaria de la Junta Directiva<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD ASOCIADOS CON 81 A\u00d1OS ACUERDO No. 09 Por el cual se aprueba el reglamento del Fondo de Solidaridad Asociados con 81 a\u00f1os. 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